¿Qué debe cubrir la ART por ley?
La Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557 y sus modificatorias, especialmente la Ley 26.773) establece con claridad qué eventos cubre la ART:
- Accidentes de trabajo: cualquier hecho súbito y violento ocurrido en el lugar de trabajo o durante la jornada laboral.
- Accidente in itinere: el que ocurre en el trayecto directo entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, o viceversa.
- Enfermedades profesionales: las incluidas en el listado oficial del decreto reglamentario, causadas por el tipo de trabajo que realiza el empleado.
La cobertura incluye atención médica completa, rehabilitación, prestaciones dinerarias por incapacidad temporal o permanente, y en caso de muerte, prestaciones para los derechohabientes.
¿Cuándo puede rechazar la ART y cuándo ese rechazo es impugnable?
La ART puede rechazar legítimamente un reclamo cuando el accidente no ocurrió en el trabajo ni en el trayecto, o cuando la enfermedad no tiene relación probada con la actividad laboral. Sin embargo, en la práctica muchos rechazos se basan en argumentos débiles o en interpretaciones restrictivas que los tribunales de Misiones no comparten.
Los rechazos más frecuentes e impugnables son:
- Alegar que el accidente no fue "en horario de trabajo" cuando el trabajador estaba cumpliendo funciones.
- Calificar como enfermedad preexistente una patología que fue agravada por el trabajo.
- Rechazar el accidente in itinere por no coincidir exactamente con la ruta "habitual".
- Otorgar un porcentaje de incapacidad inferior al real, determinado por médicos de la propia ART.
Cómo impugnar el rechazo: los pasos en Misiones
Si la ART rechaza tu reclamo o te otorga una incapacidad que considerás injusta, el procedimiento en la Provincia de Misiones es el siguiente:
- Impugnación formal ante la ART dentro de los 10 días hábiles del rechazo. Debés presentarla por escrito y con acuse de recibo.
- Solicitud de intervención de la Comisión Médica Jurisdiccional de Misiones, con sede en Posadas. Este organismo (SRT) evalúa el caso con médicos independientes.
- Si la Comisión Médica falla en contra, podés apelar ante la Comisión Médica Central o directamente ante la Justicia laboral de Posadas.
- La vía judicial es la más poderosa: podés optar por la acción civil (Ley 26.773) si el empleador o un tercero fueron responsables del daño.
"La ART rechazó mi reclamo. ¿Qué puedo hacer?"
Consultame ahoraLa Comisión Médica Jurisdiccional de Misiones
La Comisión Médica Jurisdiccional de Misiones funciona en Posadas y es el organismo clave en el sistema de riesgos del trabajo de la provincia. Sus facultades incluyen determinar la naturaleza laboral del accidente o enfermedad, establecer el grado de incapacidad y fijar las prestaciones que corresponden.
Es importante ir a la Comisión Médica acompañado por un médico de parte y con toda la documentación del accidente: partes de accidente, historia clínica, informes de los médicos de la ART, estudios realizados. Un abogado puede asesorarte sobre cómo preparar mejor esta instancia.
La vía judicial: cuándo ir a juicio contra la ART
Si las instancias administrativas no resuelven el conflicto favorablemente, o si el monto reconocido es claramente insuficiente, el trabajador puede iniciar demanda judicial ante los Tribunales Laborales de Posadas.
La Ley 26.773 también permite optar por la acción civil ordinaria cuando existió dolo o culpa del empleador, lo que habilita reclamar rubros adicionales como daño moral y psicológico, que el sistema de la LRT no contempla.
En la Provincia de Misiones, los juicios laborales contra ARTs suelen resolverse en plazos razonables y los jueces aplican criterios actualizados de valuación de incapacidades.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
El plazo de prescripción para reclamar ante la ART o iniciar la acción judicial es de 2 años desde que el accidente ocurrió o desde que se diagnosticó la enfermedad profesional. No conviene esperar: las pruebas del accidente se deterioran con el tiempo y los testigos son más difíciles de localizar.